Las enmiendas constitucionales a través de veintisiete Once

ENMIENDA XI

Aprobada por el Congreso 4 de marzo de 1794. Ratificado 7 de febrero de 1795.

Nota: Artículo III, sección 2, de la Constitución fue modificada por la enmienda 11. El poder judicial de los Estados Unidos no debe interpretarse que se extienden a cualquier demanda en derecho o equidad, o enjuiciamiento iniciado en contra de uno de los Estados Unidos por ciudadanos de otro Estado, o por ciudadanos o súbditos de cualquier Estado extranjero.

ENMIENDA XII

Aprobada por el Congreso el 9 de diciembre de 1803. Ratificado el 15 de junio de 1804.

Nota: Una parte del artículo II, sección 1 de la Constitución fue derogada por la 12 ª enmienda. Los electores se reunirán en sus respectivos Estados y votarán mediante cedulas para Presidente y Vicepresidente, uno de los cuales, al menos, no será un habitante del mismo Estado que ellos, que se nombre en sus boletas votado a favor de la persona como Presidente, y en distintas votaciones votado a favor de la persona como Vicepresidente, y formarán listas separadas de todas las personas que reciban votos para Presidente, y de todas las personas que reciban votos para Vicepresidente, y del número de votos para cada uno, en el que se deberán firmar y certificar, transmitir y selladas a la sede del gobierno de los Estados Unidos, dirigida al Presidente del Senado; -- el Presidente del Senado, en presencia del Senado y la Cámara de Representantes, abierto todos los certificados y los votos deberán ser contados, - La persona que obtenga el mayor número de votos para Presidente será Presidente, siempre que dicho un número que la mayoría del número total de electores nombrados, y si ninguna persona tiene mayoría, entonces a partir de la personas que tengan el mayor número no superior a tres en la lista de los votos para Presidente, la Cámara de Representantes elegirá de inmediato, por votación, el Presidente. Pero en la elección del Presidente, la votación se hará por Estados y que la representación de cada Estado gozará de un voto, el quórum para este propósito se compondrá de un miembro o miembros de las dos terceras partes de los estados, y la mayoría de todos los estados será necesaria para una elección. [Y si la Cámara de Representantes no eligiere Presidente, siempre que el derecho de elegir a ella, antes del día cuatro de marzo inmediato siguiente, entonces el Vicepresidente actuará como Presidente, como en caso de muerte o de otro constitucional incapacidad del Presidente. -] * La persona que obtenga el mayor número de votos, como Vice-Presidente, será el Vicepresidente que, en caso de ser número uno la mayoría del número total de electores nombrados, y si ninguna persona reune la mayoría, luego de los dos mayor número en la lista, el Senado escogerá al Vicepresidente, un quórum con el propósito constará de dos terceras partes del número total de senadores y la mayoría del número total serán necesarios para una elección. Pero ninguna persona inelegible para el cargo de Presidente será elegible para el de Vicepresidente de los Estados Unidos. * Sustituida por el artículo 3 de la 20 ª enmienda.

ENMIENDA XIII

Aprobada por el Congreso el 31 de enero de 1865. Ratificado 6 de diciembre de 1865.

Nota: Una parte del artículo IV, sección 2, de la Constitución fue sustituida por la 13 ª enmienda.

Sección 1.

Ni la esclavitud ni la servidumbre involuntaria, excepto como castigo de un delito del cual las partes deberán haber sido debidamente condenado, deberá existir dentro de los Estados Unidos, ni en ningún lugar sujeto a su jurisdicción.

Sección 2.

El Congreso estará facultado para hacer cumplir este artículo mediante leyes apropiadas.

ENMIENDA XIV

Aprobada por el Congreso el 13 de junio de 1866. Ratificado 9 de julio de 1868.

Nota: Artículo I, sección 2, de la Constitución fue modificado por el artículo 2 de la 14 ª enmienda.

Sección 1.

Todas las personas nacidas o naturalizadas en los Estados Unidos, y sujetas a su jurisdicción son ciudadanos de los Estados Unidos y del Estado en que residen. Ningún Estado podrá dictar ni dar efecto a cualquier ley que limite los privilegios o inmunidades de los ciudadanos de los Estados Unidos, ni tampoco podrá Estado alguno privar a cualquier persona de la vida, la libertad o propiedad sin el debido proceso de ley, ni negar a cualquier persona dentro de su jurisdicción la protección igual de las leyes.

Sección 2.

Los representantes se distribuirán entre los diversos Estados de acuerdo con sus respectivos números, contando el número total de personas en cada Estado, con exclusión de los indios no pagan impuestos. Pero cuando el derecho a votar en cualquier elección para la elección de los electores para Presidente y Vice-Presidente de los Estados Unidos, los representantes en el Congreso, el Ejecutivo y los funcionarios judiciales de un Estado, o los miembros de la legislatura, se le niega a cualquier de los hombres habitantes de ese Estado, al ser veintiún años de edad *, y los ciudadanos de los Estados Unidos, o en cualquier forma abreviada, a excepción de la participación en la rebelión, u otro delito, la base de la representación en él se reducirá en la proporción que el número de los ciudadanos varones llevarán a todo el número de los ciudadanos varones veintiún años de edad en ese Estado.

Sección 3.

Ninguna persona podrá ser un Senador o Representante en el Congreso, ni electores del Presidente y el Vicepresidente, ni ocupar ningún cargo, ya sea civil o militar, en virtud de los Estados Unidos, o de cualquier Estado, que, habiendo tomado previamente un juramento, como miembro del Congreso, o como un funcionario de los Estados Unidos, o como miembro de cualquier Estado legislativo, ejecutivo o como funcionario judicial o de cualquier Estado, para apoyar la Constitución de los Estados Unidos, se han comprometido en la insurrección o rebelión en contra de la mismo, o dar ayuda o consuelo para los enemigos del mismo. Pero el Congreso podrá, mediante una votación de dos tercios de cada Cámara, eliminar esos discapacidad.

Sección 4.

La validez de la deuda pública de los Estados Unidos, autorizadas por la ley, incluidas las deudas contraídas para el pago de pensiones y bondades de los servicios en la represión de la insurrección o rebelión, no será cuestionada. Pero ni Estados Unidos ni ningún Estado debe asumir o pagar cualquier deuda o las obligaciones contraídas en concepto de ayuda de insurrecciones o rebeliones contra los Estados Unidos, o de cualquier reclamación por la pérdida o emancipación de esclavos, pues todas las deudas, obligaciones y reclamaciones se considerarán ilegales y nulas.

Sección 5.

El Congreso tendrá el poder de hacer cumplir, por medio de leyes apropiadas, las disposiciones de este artículo. * Cambiado por el artículo 1 de la 26 ª enmienda.

ENMIENDA XV

Aprobada por el Congreso 26 de febrero de 1869. Ratificado el 3 de febrero de 1870.

Sección 1.

El derecho de los ciudadanos de los Estados Unidos a votar no será negado ni limitado por los Estados Unidos ni por ningún Estado por motivos de raza, color o condición previa de servidumbre --

Sección 2.

El Congreso tendrá el poder para hacer cumplir este artículo mediante leyes apropiadas.

ENMIENDA XVI

Aprobada por el Congreso el 2 de julio de 1909. Ratificado el 3 de febrero de 1913.

Nota: Artículo I, sección 9 de la Constitución fue modificada por la enmienda 16. El Congreso tendrá facultades para establecer y recaudar impuestos sobre los ingresos, derivados de cualquier procedencia, sin prorratearlos entre los diferentes Estados, y, sin atender a ningún censo o recuento .

ENMIENDA XVII

Aprobada por el Congreso el 13 de mayo de 1912. Ratificados 8 de abril de 1913.

Nota: Artículo I, sección 3, de la Constitución fue modificada por la 17 ª enmienda. El Senado de los Estados Unidos se compondrá de dos senadores de cada Estado, elegidos por los habitantes del mismo por seis años, y cada Senador dispondrá de un votación. Los electores de cada Estado deberán poseer las condiciones requeridas para los electores de la rama mas numerosa de las legislaturas estatales. Cuando ocurrán vacantes en la representación de cualquier Estado en el Senado, la autoridad ejecutiva de aquel expedirá un Estado de la elección para cubrir las vacantes : siempre que la legislatura de cualquier Estado podrá facultar al Ejecutivo de éste para hacer nombramientos temporales hasta que el pueblo llene las vacantes por la elección de la legislatura puede directos. Esta enmienda no se interpretará de modo que pueda afectar a la elección o período de cualquier senador elegido antes de que adquiera validez como parte de la Constitución.

ENMIENDA XVIII

Aprobada por el Congreso 18 de diciembre de 1917. Ratificado 16 de enero de 1919. Derogada por la enmienda 21.

Sección 1.

Después de un año a partir de la ratificación de este artículo, la fabricación, venta o transporte de licores embriagantes dentro de los mismos en la importación, la exportación o la misma de los Estados Unidos y todo el territorio sujeto a su jurisdicción para la elaboración de bebidas Queda prohibida.

Sección 2.

El Congreso y los diversos Estados poseerán facultades concurrentes para hacer cumplir este artículo mediante leyes apropiadas.

Sección 3.

Este artículo quedará sin efecto a menos de que sea ratificado como enmienda a la Constitución por las legislaturas de los diversos Estados, según lo dispuesto en la Constitución, dentro de los siete años a partir de la fecha de la presentación del mismo a los Estados por el Congreso.

ENMIENDA XIX

Aprobada por el Congreso 4 de junio de 1919. Ratificado 18 de agosto de 1920. El derecho de los ciudadanos de los Estados Unidos a votar no será negado ni limitado por los Estados Unidos o de cualquier Estado por razón de sexo. El Congreso estará facultado para hacer cumplir este artículo mediante leyes apropiadas.

ENMIENDA XX

Aprobada por el Congreso el 2 de marzo de 1932. Ratificado 23 de enero de 1933.

Nota: Artículo I, sección 4, de la Constitución fue modificado por el artículo 2 de esta enmienda. Además, una parte de la 12 ª enmienda fue derogada por el artículo 3.

Sección 1.

Los períodos del Presidente y el Vice President finalizará al mediodía del 20 de enero, y los términos de los senadores y representantes al mediodía del día de la 3 ª de enero, de los años en que dichos períodos habrían terminado si este artículo ha no se ha ratificado, y los períodos de sus sucesores después de empezar.

Sección 2.

El Congreso se reunirá una vez al año, y esta reunión se iniciará al mediodía del día de la 3 ª de enero, a no ser que por ley se fije otro dia.

Sección 3.

Si en el momento fijado para el comienzo del mandato del Presidente, el Presidente electo hubiera muerto, el Vice President electo será Presidente. Si el Presidente no se haya elegido antes de la fecha fijada para el comienzo de su mandato, o si el Presidente electo no han podido calificar, el Vice President electo fungirá como Presidente electo hasta que haya un Presidente idóneo, y el Congreso podrá por la ley para el caso de que ni el Presidente electo ni el Vice President se han calificado, declarando que actuará como Presidente, o la manera en que un acto es que serán seleccionados, y esa persona deberá actuar en consecuencia hasta un Presidente Vice President o se han calificado.

Sección 4.

El Congreso podrá preveer mediante una ley el caso de la muerte de cualquiera de las personas de las cuales la Cámara de Representantes puede elegir un presidente cada vez que el derecho de elección se han traspasado a ellos, y para el caso de la muerte de cualquiera de las personas entre las cuales el Senado puede elegir un Vice President siempre el derecho de elección se han traspasado a ellos.

Sección 5.

Secciones 1 y 2 surtirá efecto el día 15 de octubre, a raíz de la ratificación de este artículo.

Sección 6.

Este artículo quedará sin efecto a menos de que sea ratificado como enmienda a la Constitución por las legislaturas de tres cuartas partes de los diversos Estados dentro de los siete años a partir de la fecha de su presentación.

ENMIENDA XXI

Aprobada por el Congreso el 20 de febrero de 1933. Ratificado el 5 de diciembre de 1933.

Sección 1.

El decimoctavo de los artículos de enmienda a la Constitución de los Estados Unidos queda derogado.

Sección 2.

El transporte o la importación en cualquier Estado, Territorio o posesión de los Estados Unidos para la entrega o el uso mismo de licores embriagantes, en violación de las leyes del mismo, queda prohibida.

Sección 3.

Este artículo quedará sin efecto a menos de que sea ratificado como enmienda a la Constitución por convenciones que se celebrarán en los diversos Estados, según lo dispuesto en la Constitución, dentro de los siete años a partir de la fecha de la presentación del mismo a los Estados por el Congreso.

ENMIENDA XXII

Aprobada por el Congreso el 21 de marzo de 1947. Ratificado 27 de febrero de 1951.

Sección 1.

Ninguna persona podrá ser elegida para el cargo de Presidente más de dos veces, y ninguna persona que ha ocupado el cargo de Presidente, o actuó como Presidente, durante más de dos años de un plazo para que alguna otra persona fue elegido Presidente será elegido para el cargo de Presidente más de una vez. Pero este artículo no se aplicará a cualquier persona que ostente el cargo de Presidente, cuando este artículo fue propuesto por el Congreso, y no impedirán que cualquier persona que pueda ocupar el cargo de Presidente o actúe como Presidente, durante el plazo dentro del cual este artículo se convierte en el de la celebración de la oficina del Presidente o actúe como Presidente, durante el resto de dicho término.

Sección 2.

Este artículo quedará sin efecto a menos de que sea ratificado como enmienda a la Constitución por las legislaturas de tres cuartas partes de los diversos Estados dentro de los siete años a partir de la fecha de su presentación a los Estados por el Congreso.

ENMIENDA XXIII

Aprobada por el Congreso el 16 de junio de 1960. Ratificado 29 de marzo de 1961.

Sección 1.

El distrito que constituye la sede de Gobierno de los Estados Unidos nombrará, como Congreso: Un número de electores de Presidente y Vice President, igual al número total de senadores y representantes en el Congreso para que el Distrito tendría derecho si fueron un Estado, pero en ningún caso más de los menos poblados del Estado, serán además de los nombrados por los Estados, sino que se considerará, a efectos de la elección de Presidente y Vice President, para ser designados por los electores un Estado, y que se reunirá en el Distrito y cumplirán con los deberes que se estipulan en la Enmienda XII.

Sección 2.

El Congreso tendrá facultades para hacer cumplir este artículo mediante leyes apropiadas.

ENMIENDA XXIV

Aprobada por el Congreso 27 de agosto de 1962. Ratificado 23 de enero de 1964.

Sección 1.

El derecho de los ciudadanos de los Estados Unidos a votar en cualquier elección primaria o de otro tipo para el Presidente o Vice President, para los electores para Presidente o Vice President, o para Senador o Representante en el Congreso, no será negado ni limitado por los Estados Unidos o en cualquier Estado en razón de la falta de pago de impuesto de capitación o de otros impuestos.

Sección 2.

El Congreso tendrá facultades para hacer cumplir este artículo mediante leyes apropiadas.

ENMIENDA XXV

Aprobada por el Congreso el 6 de julio de 1965. Ratificado 10 de febrero de 1967.

Nota: Artículo II, sección 1, de la Constitución se vio afectado por la 25 ª enmienda.

Sección 1.

En el caso de la destitución del Presidente de su cargo o de su muerte o renuncia, el Vice President se convertirá en Presidente.

Sección 2.

Siempre que haya una vacante en la oficina del Vice President, el Presidente designará un Vice President que tomará posesión de su cargo al ser confirmado por voto mayoritario de ambas Cámaras del Congreso.

Sección 3.

Cuando el Presidente transmitiera al Presidente pro tempore del Senado y el Presidente de la Cámara de Diputados su declaración escrita de que está imposibilitado de ejercer los derechos y deberes de su cargo, y mientras no transmitiere a ellos una declaración escrita en sentido contrario, las facultades y funciones serán desempeñadas por el Vice President como Presidente.

Sección 4.

Cada vez que el Vice President y una mayoría de cualquiera de los principales funcionarios de los departamentos ejecutivos o de cualquier otro cuerpo que el Congreso podrá preveer mediante una ley, transmitir al Presidente pro tempore del Senado y el Presidente de la Cámara de Diputados su declaración escrita de que la Presidente no puede ejercer los derechos y deberes de su cargo, el Vice President inmediatamente asumirá los derechos y deberes del cargo como Presidente en funciones. Posteriormente, cuando el Presidente transmitiera al Presidente pro tempore del Senado y el Presidente de la Cámara de Diputados su declaración escrita de que no existe incapacidad, deberá reanudar las facultades y obligaciones de su cargo a menos que el Vice President y una mayoría de cualquiera de los funcionarios principales de la junta directiva o departamento de cualquier otro cuerpo que el Congreso podrá preveer mediante una ley, dentro de transmitir cuatro días al Presidente pro tempore del Senado y el Presidente de la Cámara de Diputados su declaración escrita de que el Presidente no pueda ejercer los derechos y deberes de su cargo. Luego entonces, el Congreso decidirá la cuestión, el montaje dentro de las cuarenta y ocho horas para que, si no estuviera en sesión. Si el Congreso, dentro de veintiún días tras la recepción de la última declaración escrita, o, si el Congreso no está en sesión, dentro de veintiún días de haber sido convocado a reunirse, determinará por mayoría de dos tercios de los votos de ambas Cámaras que el Presidente no está en condiciones de ejercer los derechos y deberes de su cargo, el Vice President continuará desempeñando el cargo como Presidente Actuante; de otro modo, el Presidente deberá reanudar las facultades y obligaciones de su cargo.

ENMIENDA XXVI

Aprobada por el Congreso el 23 de marzo de 1971. Ratificado el 1 de julio de 1971.

Nota: La enmienda 14, artículo 2, de la Constitución fue modificado por el artículo 1 de la 26 ª enmienda.

Sección 1.

El derecho de los ciudadanos de los Estados Unidos, que son dieciocho años de edad o más, a votar no será negado ni limitado por los Estados Unidos o de cualquier Estado por razón de edad.

Sección 2.

El Congreso tendrá facultades para hacer cumplir este artículo mediante leyes apropiadas.

ENMIENDA XXVII

Propuesto originalmente 25 de septiembre de 1789. Ratificado 7 de mayo de 1992. Ninguna ley, variando la compensación de los servicios de los senadores y representantes, surtirá efecto, hasta la elección de los representantes se han intervenido.
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